└ Requisitos para Pertenecer al Capítulo
a) Serán admitidos a este capítulo las personas que deseen ser Miembros de Número de la Asociación, que sean postulados para su admisión por el Director, que presenten en una carta las razones por las cuales desean ingresar a este capítulo y que hayan presentado y aprobado un (1) examen que la Society of Actuariales (SOA) de los Estados Unidos requiere para alcanzar la calidad de Asociado. Si dicha postulación es aprobada por la Junta Directiva, el candidato será admitido al presente Capítulo y después de que haya aprobado los requisitos de Asociado de la SOA será admitido como miembro de número de la Asociación, adjuntando la presentación por parte de dos (2) de sus miembros de número.
b) El aspirante puede presentar exámenes que sobre temas similares tengan establecidos Asociaciones de Actuarios de otros países, pero, en estos casos especiales, deberán ser aprobados inicialmente por la Junta Directiva de la Asociación.
c) El aspirante podrá pertenecer al presente capítulo por un periodo de dos (2) años, pasados los cuales podrá solicitar su renovación al Director, para continuar perteneciendo al mismo.
d) Los miembros bajo esta categoría podrán tener voz pero no voto en las deliberaciones a las cuales reciban invitación por parte de la Junta Directiva.
enviando...